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    Contrato de concesión de obra

    La legislación española contempla numerosos tipos de contrato público diferentes. Los dos criterios más usados para la distinción entre los mismos son los criterios de tipos de regímenes aplicables y de tipos de finalidad del contrato. En ese sentido, uno de los contratos públicos más habituales es el contrato de concesión de obra. Un tipo de contrato definido por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Una adaptación a nuestra legislación de las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

    Para esta ley, el contrato de concesión de obra pública es aquel cuyo principal objetivo es la realización de un trabajo de obra o ingeniería civil de carácter restaurador, reparador o conservador. Es decir, actividades para la modernización y mantenimiento de obras previamente construidas. En este sentido, debemos diferenciarlo del famoso contrato de obra pública, cuya finalidad primordial es la ejecución de una obra completa desde su inicio hasta su terminación. La idea del contrato de concesión es garantizar las actividades dadas por la obra original.

    ¿Qué es concesión?

    La concesión pública es una clase relación determinada entre un organismo público de la administración y una empresa privada. Su principal particularidad reside en que, a diferencia de una relación laboral convencional, la concesión no reporta a las empresas una cantidad económica fija. En su lugar, las empresas obtienen, por parte de la administración pública, la autorización para gestionar y explotar una obra. Por tanto, las empresas corren riesgos que no correrían con una relación convencional. Es una inversión que podría presentar incluso pérdidas.

    Un ejemplo de contrato de concesión de obra pública bastante paradigmático es el de las empresas dedicadas a la construcción de autopistas. Estas empresas realizan toda la inversión necesaria para actualizar y modernizar una carretera transformándola en una autopista. A cambio, adquieren autorización para explotarla durante los años delimitados en el contrato. Que sea rentable o no dependerá de múltiples factores internos y externos. Para la administración pública, la concesión supone un ahorro considerable de recursos económicos.

    Contrato de concesión de obra pública

    Cualquier contrato de concesión deberá comprender unas informaciones fundamentales. Entre ellas, hallamos los datos identificativos tanto del organismo público pertinente como de la empresa privada contratada. Además de los plazos de ejecución bien delimitados, la duración de la autorización de la explotación de la obra, todas las certificaciones requeridas, las obligaciones de ambos firmantes y las causas contempladas para la resolución del contrato. Estos datos serán la base alrededor de la cual se fundamentará el contrato de concesión específico.

    Para proceder a esa especificación, el contrato también deberá comprender muchos otros contenidos. Como las vías de adecuación y modernización que van a emplearse. La posibilidad de que la empresa sea responsable de proyectar, ejecutar, conservar, reponer y reparar cualquier obra accesoria de la obra principal necesaria para la correcta utilización de esta última. O los materiales que serán utilizados durante la misma. También las cláusulas que las partes consideren oportunas. La concesión de obra pública requiere una profunda elaboración.

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